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la otra cara de las cosas

7 Septiembre 2008

Competencias Audiencia Nacional

TRANSCRITO

EL PÚBLICO

06/09/2008

El Tribunal Constitucional consagró en 2005 la competencia de la Audiencia Nacional para juzgar delitos de genocidio perpetrados fuera de las fronteras del Estado, incluso aunque no hubiera españoles entre las víctimas.

Para entonces, hacía ocho años que Baltasar Garzón había tomado la iniciativa y admitido la denuncia de la Unión Progresista de Fiscales (UPF) para que procesara al capitán Adolfo Scilingo por crímenes de lesa humanidad, detención ilegal y torturas cometidos durante la dictadura militar argentina. La Audiencia condenó a Scilingo a 640 años de cárcel y el Supremo elevó el castigo a 1.084 en 2007.

El ejemplo de Garzón cundió lo suficiente como para que la Audiencia Nacional admitiera desde entonces las investigaciones de los genocidios de Guatemala, Ruanda y Tíbet, y el perpetrado en China contra los seguidores de la corriente religiosa Falun Gong.

Fue la perseverancia de la premio Nobel de la Paz Rigoberta Menchú para lograr una investigación del exterminio en Guatemala la que provocó la sentencia del Constitucional. Menchú llevó el caso a la Audiencia, que se negó a investigar. Recurrió al Supremo, que consideró a la Audiencia incompetente por la falta de constancia de españoles entre las 250.000 víctimas. Menchú volvió a insistir hasta lograr el citado pronunciamiento del Tribunal Constitucional en octubre de 2005.

Hoy, el caso de Guatemala sigue en manos del magistrado Santiago Pedraz, que lucha contra la ausencia de colaboración de las actuales autoridades guatemaltecas para
esclarecer la masacre.

El magistrado Fernando Andreu trata de investigar los crímenes cometidos en Ruanda. Y los jueces Ismael Moreno y Santiago Pedraz llevan sendas investigaciones contra las autoridades chinas por presunto genocidio en Tíbet y contra los seguidores de Falun Gong.

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CATECISMO IGLESIA CATÓLICA 2416 Los animales son criaturas de Dios, que los rodea de su solicitud providencial (cf Mt 6, 16). Por su simple existencia, lo bendicen y le dan gloria (cf Dn 3, 57-58). También los hombres les deben aprecio. Recuérdese con qué delicadeza trataban a los animales san Francisco de Asís o san Felipe Neri. 2418 Es contrario a la dignidad humana hacer sufrir inútilmente a los animales y sacrificar sin necesidad sus vidas. Es también indigno invertir en ellos sumas que deberían remediar más bien la miseria de los hombres. Se puede amar a los animales; pero no se puede desviar hacia ellos el afecto debido únicamente a los seres humanos.

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