El cardenal primado Cañizares dice que la asignatura Educación para la Ciudadanía vulnera la Constitución. Se basa en el derecho de los padres a educar libremente a sus hijos.
La sentencia del Tribunal Supemo, dice, es simplemente de casación. ¿Y le parece poco? Casar una sentencia es anularla. ¿En qué se basa jurídicamente, en tal caso?
Incluso, así leído, hasta a algunos les parecerá razonable.
Sin embargo ¿quién ha dicho que en los colegios públicos los alumnos no pueden estudiar religión católica, de forma que neutralicen cualquier idea insididosa?
Al revés, tienen un privilegio que los alumnos de los colegios religiosos no tienen.
El alumno "religioso" puede estudiar religión en su colegio público. El alumno "laico" tiene la olbigación de estudiar religión en el colegio religioso..
¿Por qué esta diferencia? Un padre "laico" puede escoger un colegio religioso por cuestiones ajenas a la religión. Por ejemplo, porque enseñan muy bien matemáticas. Porque está más cerca. Porque allí su hijo tiene amigos. ¿Por qué ese padre no tiene el derecho de librar a su hijo de la asignatura de la religión? ¿Por qué no hay reciprocidad? ¿De cuándo la Constitución opera en unos espacios del territorio nacional y en otros no? O hay libertad de elección en todos los lugares, o no la hay.
Es que hay que ser consecuente con las normas de la institución, se responderá. Pues eso, que estudie Ciudadanía... o vaya a un colegio religioso; aparte de que la Constitución está por encima de esas normas..
Es que es un derecho a la libertad de elección de credo. Pues eso, que permitan al padre excluir a su hijo de la asignatura de la religión.
Y es que el problema no radica ahí, sino en que hay que sacar la religión de las aulas y llevarla a su lugar, a las iglesias. ¿Sería razonable que un anarquista exigiera una asignatura sobre anarquismo?
Llévelo a la sede de la CNT, dirían, y que allí le den clases de anarcosindicalismo.
Resulta extraño el humansmo, el cristianismo de estas personas de orden. El orden es siempre su ventaja, su privilegio, la imposición de sus criterios. Y sí, es cierto, eso es orden, orden injusto, pero orden. También había orden en el imperio Romano, y bien "ordenados" estaban los esclavos.
Puestos así ¿podrán objetar los padres que no compartan la visión oficializada que se imparte de la Historia?
Esto huele a lo mismo que el aborto en los hospitales públicos. El facultativo que ha ingresado voluntario en un cuerpo de médicos ¿cómo va a objetar una obligación legal y estatutaria? Es como si un médico público se negara a curar una blenorragia porque el paciente es soltero y el médico objeta la sexualidad libre.
Quizás sería más honrado que Cañizares dijera: vámos a dejarnos de cuentos; objetamos la Constitución, le pondremos todos los inconvenientes que podamos, y hasta que no volvamos a los principios del Movimiento, no pararemos. Lo que queremos es que todos los niños estudien religión católica, todos los adultos se casen por el rito católico, ninguno se divorcie y mucho cuidado con eso de relaciones sexuales fuera del matrimonio, que, o te casas o te capas, como decía el chiste franquista.
Me han contado que antes de acostarse, muchas parejas católicas oraban algo así:
"No es por vicio ni fornicio
sino para ofrecer, Señor
un hijo más a tu servicio".
Esa es la base real del movimiento contestatario, que los niños aprendan estas cosas y cuando tengan cuarenta años, grandes y velludos, vayan a preguntarle al párroco si "tal cosa" la pueden hacer con su mujer.
Que cada uno en su casa, y dios en la de todos... o su representante.

Escribe un comentario
Los comentarios están cerrados