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la otra cara de las cosas

3 Septiembre 2011

El Pacto que no es lo que decían que iba a ser

Artículo completo aquí:

http://www.juantorreslopez.com/

Parte final:

El Pacto que no es lo que decían que iba a ser

El pasado 23 de agosto Zapatero anunció en el Congreso su propuesta de modificar la Constitución para controlar los déficit presupuestarios e inmediatamente Rajoy le mostró su apoyo. Enseguida hay protestas incluso en el propio grupo parlamentario socialista, cuyos miembros han sido ninguneados y en la sociedad y Rubalcaba se incorpora al debate proponiendo que el acuerdo contemple suficiente flexibilidad en la aplicación del principio de estabilidad (que en realidad es malo en sí mismo y no en función de que sea más o menos flexible).

En unas horas se presenta el acuerdo y aparece entonces la sorpresa que la inmensa mayoría de los ciudadanos son incapaces de descubrir porque sus representantes ocultan lo fundamental del pacto para seguir hablando de lo que en realidad ha terminado por resultar accesorio.

Lo que ha ocurrido es que el PSOE el PP han “descafeinado” la propuesta que ambos habían hecho con anterioridad.

Inicialmente hablaban de constitucionalizar el déficit cero en sentido estricto, en la misma línea del artículo de la constitución alemana que terminantemente pone un límite al déficit público. Pero en lugar de eso el acuerdo señala que una posterior ley orgánica establecerá un límite al "déficit estructural", un concepto mucho más sutil que puede permitir que el gobierno de turno tenga mucha más facilidad para saltarse el principio de estabilidad que defienden.

El concepto de déficit estructural no es el resultado del simple saldo de las cuentas anuales del Estado sino el saldo que tendrían esas cuentas en unas condiciones ideales: cuando la economía estuviera en pleno empleo y, por tanto, cuando el PIB realmente registrado fuese igual al potencial (el que se alcanza cuando se utilizan todos los recursos de una economía). El acuerdo político que ampara la reforma lo define como "aquel que se deriva de no considerar los ingresos y gastos públicos relacionados con las expansiones y recesiones normales de los ciclos económicos, garantizando así la sostenibilidad a largo plazo de los servicios públicos fundamentales".

En la práctica esto significa que a la hora de calcular el saldo presupuestario (estructural) al que se le pondrá techo en la próxima ley orgánica habrá que descontar los ingresos y los gastos que no sean "estructurales" (es decir, los que sean resultado de circunstancias más o menos "anormales" que alejan a la economía de esa situación ideal, por ejemplo de una recesión). Pero su cálculo es muy problemático ya que la forma en que se haga será siempre discutible, nunca objetiva y, además, muy fácilmente manipulable.

Por eso, como dice David Lizoain (El insoportable error del 0,4%) limitar el déficit estructural del país al 0,4% (que es lo que se prevé que establezca la futura ley orgánica) es "una política radicalmente aberrante para una economía avanzada". En primer lugar sostiene con razón, siguiendo el análisis de Nick Rowe (What is a "structural" deficit?), que este concepto de déficit estructural no tiene mucho sentido económico ya que responde a criterios políticos más que económicos. Por ejemplo, si dos gobiernos hacen exactamente lo mismo generando un déficit de la misma cuantía pero uno había anticipado lo que pensaba hacer con los ingresos y gastos cuando llegara una recesión y el otro no hubiera adelantado nada sino que se hubiera limitado a hacer lo mismo una vez que se produjo la recesión, la consideración de su saldo debería ser distinta. En el segundo caso se consideraría que el déficit es estructural (porque sería teóricamente resultado de la recesión) y en el primero no.

Y además, Lizoain indica que la medida es completamente irreal: ni la zona euro ni la OCDE en su conjunto tuvieron un déficit estructural inferior al 0,4% ni un solo año en los últimos veinte.

Podemos concluir, por tanto, que lo que finalmente han pactado los dos partidos mayoritarios no ha sido el criterio de déficit cero como habían dicho sino algo muy irrealista y que seguramente solo se pueda cumplir manipulando los registros presupuestarios. Posiblemente, porque así pueden vender a la población, como está haciendo Rubalcaba, que así no hay peligro de que la estabilidad presupuestaria ponga en cuestión los programas sociales (que es lo que lleva consigo la política de estabilidad presupuestaria, sobre todo, en países con déficits sociales como España, tal y como he explicado en mis artículos Razones económicas para rechazar el acuerdo neoliberal entre el PSOE y el PP y Acuerdo PSOE-PP sobre la deuda: un pacto que perjudica a España). Pero eso no quita que, al mismo tiempo, al introducir en la Constitución el principio de la estabilidad, se esté imponiendo (y además sin debate social) la filosofía neoliberal que implica renunciar a la política fiscal discrecional, con los efectos negativos que ello conlleva y que he tratado de explicar en esos mismos textos.

El contenido verdaderamente nefasto del acuerdo

Pero lo que realmente han conseguido de esta manera los líderes de ambos partidos, es decir, haciendo creer que asumen rígidos criterios de austeridad cuando en realidad no los van a ser, ha sido comportarse como verdaderos trileros porque mientras llamaban la atención sobre el debate del techo presupuestario lo que estaban haciendo era incluir, sin apenas comentarlo públicamente, un nuevo precepto en la Constitución que da "prioridad absoluta" al pago de la deuda y los intereses frente a cualquier otro compromiso de pago del Estado.

Es decir, los parlamentarios del Partido Popular y del PSOE están dispuestos a aprobar sin recurrir al referéndum que permitiera que el pueblo se pronuncie al respecto que si en algún momento faltaran ingresos se dejarían de pagar los servicios más básicos del Estado para hacer frente antes que nada a los compromisos de la deuda.

Esta es, pues, la auténtica clave de la reforma.  Una concesión vergonzosa a los poderes financieros que es muy grave por cuanto que supone una cesión de la soberana capacidad de decisión del pueblo español para determinar en un momento dado la prioridad que quisiera darle a sus compromisos de financiación.

En mi opinión, quienes promueven esta medida siguiendo el mandato de intereses extranjeros están traicionando a los intereses nacionales y al impedir que el pueblo español, que es el verdadero poder constituyente que podría cambiar con legitimidad la Constitución, se pronuncie sobre una cuestión tan fundamental están prostituyendo la Carta Magna y convirtiéndola en papel mojado para quienes de verdad asuman los principios del constitucionalismo democrático. Como acaba de señalar claramente Rubén Martínez Dalmau en su artículo ¿Quién puede reformar legítimamente una Constitución democrática?

"Cualquier modificación de la Constitución por parte de un órgano que no es el poder constituyente, aunque sea legal -también autoritarismos y fascismos se han fundamentado en la legalidad- no es otra cosa que la apropiación de la soberanía popular por un órgano ajeno al pueblo; es decir, el fin del constitucionalismo democrático (...)


Si la Constitución no es otra cosa que la voluntad del poder constituyente, la respuesta a esta pregunta, desde el constitucionalismo democrático, no puede ser otra: sólo el pueblo puede modificar legítimamente su Constitución. Lo contrario es negar la naturaleza de la legitimidad del sistema democrático en el que creemos vivir. Si la Constitución queda en manos de otras personas -gobiernos, mayorías en los parlamentos, reyes.-podremos hablar de otra legitimidad del poder político, de democracias más o menos limitadas, de decisiones mayor o menormente acordadas. pero nunca de constitucionalismo democrático".

La alternativa, Asamblea Constituyente

Frente al engaño con que se quiere llevar a cabo esta reforma ilegítima de la Constitución que además puede comportar en el futuro un grave daño para los intereses de la nación no cabe otra alternativa, como también indica Rubén Martínez, que activar un nuevo poder constituyente que elabore una nueva Constitución en una nueva Asamblea, un horizonte que me parece fundamental que asuman los movimientos que giran en torno al 15-M y, en general, todas las personas sin distinción de ideologías o posiciones políticas que deseen vivir en una verdadera democracia.

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CATECISMO IGLESIA CATÓLICA 2416 Los animales son criaturas de Dios, que los rodea de su solicitud providencial (cf Mt 6, 16). Por su simple existencia, lo bendicen y le dan gloria (cf Dn 3, 57-58). También los hombres les deben aprecio. Recuérdese con qué delicadeza trataban a los animales san Francisco de Asís o san Felipe Neri. 2418 Es contrario a la dignidad humana hacer sufrir inútilmente a los animales y sacrificar sin necesidad sus vidas. Es también indigno invertir en ellos sumas que deberían remediar más bien la miseria de los hombres. Se puede amar a los animales; pero no se puede desviar hacia ellos el afecto debido únicamente a los seres humanos.

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